Información de ingreso.
Mediante la presente le comunicamos las normas de acceso a la asociación A.E.B.D.I., que son las siguientes:
1. Demostración de los estudios que le facultan para formar parte
de A.E.B.D.I., mediante fotocopias compulsadas de los mismos.
2. Fotocopia compulsada del D.N.I. y dos fotografías tamaño
carné.
3. (*) Presentación y aval de dos asociados, que lleven más
de dos años en nuestra asociación.
4. (*) Fotocopia del pago en nuestra cta. cte. Caixa Catalunya 2013 0804
93 0200375550 de los 1.200,00 € correspondientes
a la cuota de ingreso.
5. Hoja de solicitud de inscripción firmada, indicando sus datos bancarios
para las cuotas mensuales.
A los pocos días de la recepción de la misma recibirá:
- Código de ética.
- Normas internas de funcionamiento.
- Carné profesional con el número de asociado.
- Logotipo de A.E.B.D.I.
Así mismo, si nos lo solicita tendrá la posibilidad de:
- Consultar modelos de contrato.
- Visado de documentos GRATUITO.
Código Deontológico:
Yo, Don/Dña . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
con D.N.I. . . . . . . . . . . . y domicilio en . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ,
como miembro de dicha asociación acepto sus normas adaptadas a la
Ley 2/1981/25/3 Real Decreto 686/1993/7/5 y B.O.E. 141/1997 de 13/6/97.
1. Incompatibilidades de los servicios de la actividad:
Sin perjuicio de lo establecido en otras normas específicas,
los servicios profesionales no podrán operar bienes propiedad de
personas físicas o jurídicas con las que no puedan razonablemente
mantener una posición de independencia que menoscabe la objetividad
de la operación.
2. Obligaciones como asociado:
- Actuar con total objetividad y diligencia, raciocinio e imparcialidad
en las ofertas de inversión.
- Confiar en los órganos de nuestra asociación y apoyarlos.
- Colaborar con los compañeros asociados.
- Promocionar la asociación entre vuestros compañeros.
- Usar los medios y canales ofrecidos para una comunicación fluida
y buen entendimiento.
- No transmitir información confidencial a otra parte que no sea la
interesada.
- No usar información privilegiada para su propio beneficio ni el
de allegados.
- Reciclarse y usar las herramientas que la asociación disponga para
todos los socios.
- Verificar todos los elementos y datos objetos de una operación financiera.
- Acomodarme en plazo y forma a las demandas de los clientes o interesados.
- Minutar en referencia a los varemos dictados por A.E.B.D.I. mi trabajo
profesional.
- Prestigiar mi profesión con muy buen hacer y el de mi asociación
con mi colaboración con el colectivo de inversores.
- No sobrepasar mis atribuciones de aspectos hacia los
cuales no esté formado o preparado para afrontar.
- Trabajar con honradez y modestia.
- Aceptar las decisiones de A.E.B.D.I. en lo referente a la profesión
y ayudar a compañeros.
3. Obligaciones de secreto:
1. Los miembros de nuestra asociación o personas homologadas, estarán
especialmente sujetos al cumplimiento de los deberes de secreto profesional.
En su virtud, no podrán revelar a terceros distintos de sus clientes:
a) Las informaciones que les hayan sido confiadas con motivo de la solicitud
de la valoración compra o venta.
b) Las informaciones que se refieran a las circunstancias personales o económicas
sobre el uso o explotación a que esté dedicado el objeto de
la transacción.
c) El resultado de la operación.
2. No obstante lo previsto en el número dos, así como de lo
dispuesto en la normativa relativa a los datos que deben constar en el informe,
las sociedades o empresas podrán
revelar dichos datos:
a) A las entidades que hayan sido mandatarios de sus clientes para el encargo
o entrega de la operación.
b) A los propietarios de los bienes, empresas o patrimonios objeto de la
transacción.
c) Al Banco de España, a la Comisión Nacional del Mercado de
Valores y a la Dirección General de Seguros para el ejercicio de sus
funciones de supervisión y para la elaboración y publicación
de estadísticas relacionadas con sus funciones.
3. Los administradores, directores y asimilados de las sociedades, entidades
de crédito, los profesionales
que ejerzan actividades de valoración para las mismas, así como
el resto del personal contratado, no podrán usar en beneficio propio
ni revelar a terceros las informaciones que conozcan como consecuencia del
ejercicio de su actividad en virtud del contrato celebrado con dichas sociedades
y entidades.
En caso de causar baja de la asociación A.E.B.D.I. devolveré mi
carnet profesional y retiraré de todos los impresos y rótulos
el logotipo de dicha asociación.
Asimismo lo comunicaré de forma fehaciente a las sociedades,
compañías de seguros, empresas, juzgados y clientes con las
que colabore.
Acepto,
Fdo.: D……………………………………………………………………